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¿Qué es la declaración de concurso de acreedores necesario? Requisitos, solicitud demanda, abreviado

El concurso de acreedores necesario es un proceso judicial que solicitan los acreedores del deudor para lograr el pago de sus créditos exigibles.

¿Eres acreedor y necesitas solicitar la declaración del concurso de acreedores? Y, ¿no sabes a dónde acudir para buscar asistencia legal?

El concurso de acreedores necesario es instado por el acreedor legitimado. El acreedor conociendo que su deudor posee varios créditos cuestiona su capacidad para cumplir con todas sus deudas. Es por ello que decide solicitar al juez competente que declare el concurso de acreedores necesario.

Es importante mencionar que la Ley Concursal le ofrece ventajas al acreedor que solicita el concurso. Una de esas ventajas es que su crédito sea privilegiado. Si quieres obtener más información sobre el tema, este artículo es para ti.

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¿Qué es un concurso de acreedores necesario?

¿Qué es un concurso de acreedores necesario?El concurso necesario de acreedores es aquel procedimiento judicial instado por cualquier acreedor.  Este tipo de concurso tiene como finalidad obtener el pago de sus créditos, cuando el deudor manifiesta que no posee liquidez para cumplir con sus obligaciones legales exigibles.

Su principal objetivo es prevenir la pasividad del deudor y lograr que las deudas sean pagadas de acuerdo al orden establecido en la normativa concursal. Ahora bien, es importante acotar, que en el concurso necesario la sociedad perderá sus funciones de administración y disposición del patrimonio.  Las atribuciones de la empresa pasan a ser asumidas por el administrador concursal.

Declaración de concurso necesario

Una vez que se presenta la solicitud del concurso por parte de los acreedores legitimados el Juez Mercantil podrá:

  1. Aceptar la solicitud el mismo día que fue presentada ante el juzgado, dictando el auto de declaración del concurso de acreedores. Desde ese momento, el juez emplaza al deudor para que se presente en los 5 días siguientes a formular oposición.
  2. Si la solicitud o documentación del concurso presenta defectos el acreedor tendrá 5 días para subsanar. Si no lo realiza se inadmitirá su solicitud.
  3.  En el caso que haya inactividad por parte del deudor, el concurso será declarado sin práctica. También cuando exista prueba que demuestre la insolvencia del deudor.
  4. Si existe oposición por parte del deudor deberá realizar su presentación en los 5 días posteriores al emplazamiento. Es importante acotar, que deberá fundamentar su oposición en la inexistencia del hecho revelador, o en la existencia del mismo pero no de su estado de insolvencia. Para ello, presentará la contabilidad de la sociedad.
  5. Cuando el acreedor no comparece, o no ratifica la solicitud, pero el juez considera que si se cumple el presupuesto objetivo declarará el concurso para los demás acreedores. Igualmente realizará una audiencia con los otros acreedores para resolver todo lo relacionado a la solicitud.

Finalmente, una vez que se declare el concurso necesario de acreedores, el deudor perderá sus facultades de administración o disposición del patrimonio. Las facultades las debe asumir el administrador concursal.

Requisitos declaración de concurso de acreedores necesario

Requisitos declaración de concurso de acreedores necesarioEs importante señalar que la Ley Concursal establece como presupuesto objetivo para poder presentar la solicitud de concurso de acreedores que el deudor esté en un estado de insolvencia actual. Asimismo, para acreditar la insolvencia del deudor se han establecido unos hechos externos reveladores en los cuales se fundamenta la insolvencia.

De manera que, es un requisito esencial para solicitar la declaración del concurso que los acreedores fundamenten la insolvencia del deudor por cualquiera de los siguientes hechos:

  • El sobreseimiento en el pago corriente de las obligaciones contraídas por el deudor.
  • Existencia de algún embargo por una ejecución pendiente que pueda afectar de forma general el patrimonio del deudor.
  • La liquidación apresurada de los bienes pertenecientes al deudor.
  • El incumplimiento de las obligaciones por parte del deudor entre las que destacan: la falta de pago de sus obligaciones tributarias exigibles en los tres meses anteriores a que sea solicitado el concurso de acreedores. Así mismo, el incumplimiento de alguna cuota del seguro social, y demás conceptos relacionados con recaudación conjunta en el mismo periodo de tiempo. O, la falta de pago de indemnizaciones, salarios, y retribuciones relacionadas con el trabajo en las últimas tres mensualidades.

Concurso de acreedores necesario pluralidad de acreedores

En relación a la pluralidad de acreedores exigida en el concurso necesario, es importante señalar que no es un requisito exigido implícitamente por la Ley Concursal. No obstante, es común que se rechace la solicitud si la presenta un solo acreedor.

Todo ello encuentra su fundamento en la premisa de que si no existiera pluralidad de acreedores, no se necesitaría un concurso en conjunto para lograr un acuerdo. En este sentido, la Jurisprudencia Española ha convenido que si un acreedor requiere reclamar una deuda puede recurrir a otro proceso legal como sería la ejecución de títulos no judiciales.

Sin embargo, esto no significa que si el deudor poseía una deuda con un solo acreedor y éste solicita el concurso, no existan motivos para que su solicitud de declaración sea rechazada. Puesto que, la Ley Concursal otorga igual protección a un solo acreedor que a una pluralidad de estos.

En conclusión, aunque la norma no expone de forma explícita la necesidad de pluralidad de acreedores, no existe duda que esa era la intención del legislador. Puesto que, se refiere en plural en relación a los acreedores, o convenio de acreedores.

Concurso de acreedores necesario abreviado

Es importante señalar, que en cualquier instante el juez de oficio, o por petición del acreedor, administrador concursal o deudor, podrá transformar un procedimiento ordinario en abreviado. No obstante, esto ocurrirá si existen modificaciones en las condiciones señaladas en los artículos 522 y 523 de la Ley Concursal, y según la complejidad del caso presentado.

Concurso de acreedores necesario culpable

El concurso de acreedores se declarará como culpable o fortuito sin importar si es voluntario o necesario.

En este sentido, se considera que el concurso es culpable cuando el estado de insolvencia lo provoca o agrava el dolo o culpa del propio deudor. Mientras que, será un concurso fortuito cuando la insolvencia del deudor se ocasione por circunstancias adversas a su voluntad.

Ahora bien, las causas que generan que un concurso necesario se califique como culpable se dividen en dos grupos:

Causas que no admiten pruebas

  1. El alzamiento en los bienes del deudor: Ocurre cuando el propio deudor con la intención de dañar a los acreedores oculta sus bienes.
  2. Reducción del patrimonio del deudor por fraude: Se produce cuando los bienes salieron de forma fraudulenta del patrimonio del deudor. Es importante señalar, que no se requiere que el deudor tenga el propósito de dañar a los acreedores, bastará con que conozca que genera un perjuicio.
  3. Acto jurídico de simulación patrimonial: Esto ocurre cuando el deudor realiza un acto jurídico simulando una situación patrimonial que no existe.
  4. Incumplimiento de sus obligaciones contables: Si el deudor que estaba obligado a llevar la contabilidad ha cometido irregularidades. Por ello, el administrador concursal se vio impedido a realizar sus labores.
  5. Consignación de documentos falsos: Si el deudor aporta documentos falsos o que no corresponden a la realidad de su patrimonio.
  6. Incumplimiento del contrato: En caso de que el deudor  haya celebrado un acuerdo con los acreedores para el pago. Si no se cumple se abrirá inmediatamente la fase de liquidación.

Causas que sí admiten pruebas en contrario

  1. Incumplimiento en la obligación del deudor de solicitar la declaración del concurso: Se produce cuando el deudor, sus liquidadores, administradores, o representantes no cumplen con el deber de solicitar el concurso.
  2. No cumplir su deber de prestar ayuda al juez o administrador concursal: Si el deudor no presenta la información requerida por ambos, o no asiste a la junta de acreedores.
  3. Incumplimiento de su deber para formular, auditar, depositar en el registro de cuentas anuales.  

Solicitud declaración de concurso de acreedores necesario

Solicitud declaración de concurso de acreedores necesarioLa solicitud de declaración del concurso de acreedores necesario es la petición formal que el acreedor realiza en el juzgado con el fin de que se declare la insolvencia del deudor. La solicitud se hace por escrito y la elabora un abogado, quien la firmará junto con el procurador que va a representar al acreedor.

Es importante que en el documento se deje constancia del supuesto que sirve de fundamento para la solicitud, el origen, importe, naturaleza, fecha de adquisición o vencimiento del préstamo, y su situación actual. Asimismo, deberán expresarse los medios probatorios que usara el acreedor para comprobar los hechos.

Cuando la solicitud del concurso de acreedores necesario la admite el Juez Mercantil, se emite el auto de declaración del concurso. Dicho auto se publicará en el BOE a fin de que los demás acreedores informen sobre sus créditos.

Demanda concurso de acreedores necesario

Es importante señalar que, una vez que el acreedor legitimado presente su solicitud de declaración del concurso de acreedores necesario junto con la documentación, se podrá hablar de demanda.

La demanda del concurso de acreedores necesario está sujeta a menos formalismos, los cuales son:

  • El procurador requiere un poder general.
  • La asistencia letrada constituirá sólo una facultad potestativa del acreedor, quien no se verá obligado a presentarla.
  • En relación a las pruebas, el simple testimonio de insolvencia no se considerará suficiente. Los acreedores deben presentar los datos técnicos y contables que puedan oponer los deudores.

Instar un concurso de acreedores necesario

Siempre que una empresa se encuentre en estado de insolvencia actual, un acreedor legitimado cuenta con la posibilidad de instar el concurso de acreedores necesario. 

El acreedor deberá comprobar la insolvencia del deudor y fundamentarlo en algún hecho de los señalados en la Ley Concursal.

Con la solicitud de declaración deberá presentar los medios probatorios para comprobar la insolvencia y los documentos adicionales. Una vez admitida su solicitud, el juez procederá a dictar el auto de declaración del concurso.

En conclusión, el concurso de acreedores necesario permite que cualquier acreedor pueda reclamar sus créditos exigibles ante el juez, debido a la situación de insolvencia de su acreedor. Solicitar el concurso le representará un beneficio, puesto que gozará de las costas procesales y su crédito se considerará privilegiado.

Si requiere solicitar un concurso de acreedores necesario, en Consultoría y Peritaciones C&P encontrará a los profesionales más capacitados y con experiencia en el área. ¡Llame ya!

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