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¿Qué es el daño emergente y cómo calcularlo para su reclamación?

Un Perito Judicial Economista será el encargado de valorar el daño emergente sufrido por la víctima, quien con el informe económico del experto, tendrá un aval para reclamar una justa indemnización.

Ante el incumplimiento de un contrato determinado y sus posibles consecuencias, se hace necesario determinar qué es el daño emergente, y cómo el acreedor podría recuperar todo lo perdido a través de una indemnización debidamente justificada.

El daño emergente, recogido en el artículo 1101 y 1106 del Código Civil, tiene que ver con las pérdidas reales y verificables que sufre una de las partes debido al incumplimiento de un acuerdo legal, por daño a un bien o lesión de tipo personal. 

Por su naturaleza comprobable, contempla el cálculo del valor o el precio de ese bien que se ha deteriorado o destruido completamente, o sobre aquel individuo que ha sufrido un daño o perjuicio. 

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¿Qué es daño emergente?

El daño emergente es el coste de la reparación necesaria del daño causado o de los gastos en que se ha incurrido debido a ese perjuicio. Es decir son los gastos que se han producido y los que se vayan producir, como consecuencia de ese acontecimiento lesivo y que el perjudicado o un tercero tienen que asumir.

Al igual que en el lucro cesante, el daño emergente tiene que ser probado. Para poder cuantificarlo hay que justificar que el daño se ha producido y que hay concordancia en los gastos que son acometidos para la reparación del daño. Ejemplo práctico: Un trabajador autónomo tiene un accidente de tráfico de vuelta a su casa después de una jornada laboral.

En este caso además de ser considerado un accidente laboral ya que se produjo de retorno del trabajo a su domicilio. Dicho accidente le produjo lesiones corporales, además de daños en su vehículo. Como consecuencia tiene que estar un tiempo de baja. Esta situación le produce una pérdida de beneficio al no poder realizar su trabajo.

Esa pérdida de beneficio y otras más que pudieran producirse habría que valorarlas (lucro cesante). Todos los gastos médicos, tanto de consultas como material necesario para la rehabilitación, así como todos los daños materiales que se hubieran producido, entrarían a valorarse dentro del daño emergente, además de la reparación o sustitución del vehículo siniestrado. Este tipo de informes periciales, tanto la valoración del lucro cesante como la valoración del daño emergente las realiza un perito judicial economista.

¿Qué es daño emergente y lucro cesante?

En principio el daño emergente es considerado como toda pérdida sufrida por un acreedor. Esta pérdida puede ocurrir por incumplimiento del contrato, por deterioro del bien, por lesionar a un sujeto, entre otros.

Por su parte, el lucro cesante es la pérdida de una ganancia legítima o de una utilidad económica como consecuencia de un daño.

El lucro cesante ocurre cuando hay una pérdida de una perspectiva cierta de beneficio. La casuística puede ser variada, pudiendo afectar a autónomos, trabajadores, sociedades… El quid de la cuestión es que el lucro cesante debe ser probado.

La indemnización por lucro cesante se admite generalmente, aunque la jurisprudencia suele exigir una carga probatoria mucho mayor, el informe pericial de un perito economista puede ser determinante a la hora de su concesión. Hay que acreditar tanto el lucro cesante actual como el futuro.

En el cálculo del lucro cesante actual suele ser más aceptado, habría que calcularlo usando parámetros objetivos determinando el nexo causal y actualizándolo al momento actual. Una vez demostrado el lucro cesante actual y futuro, habría que probar la cuantía, para ello es muy importante llevar una contabilidad correcta y poseer el máximo número de documentos que faciliten su acreditación, además de un análisis razonado que lo justifique.

Si desea comprender de qué trata el lucro cesante, puede consultar nuestro artículo y obtener mayor información. Solo haga clic en el siguiente enlace qué es lucro cesante y como calcularlo para su reclamación.

Daño emergente código civil

Daño emergente código civilEl daño emergente se encuentra establecido en el artículo 1106 del Código Civil, y se refiere a las pérdidas reales y verificables que puede sufrir una de las partes por el incumplimiento de un acuerdo legal, por una lesión personal, o por el daño de un bien.

Por su parte en el artículo 1101 del Código Civil se establece que quedan sujetos a indemnización por los daños causados los que incumplan con sus obligaciones. En este sentido, si una de las partes falta a sus obligaciones por dolo, morosidad, o negligencia deberá indemnizar a la otra parte por los perjuicios causados.

Significado o definición de daño emergente

Se puede definir al daño emergente como el perjuicio derivado de una acción negativa sobre un sujeto o sus bienes. Esto quiere decir, las consecuencias negativas provenientes de un hecho ilícito, de un daño, o el incumplimiento de un contrato.

Jurisprudencia daño emergente

En relación a la jurisprudencia sobre los casos por daño emergente, ha establecido que sólo serán indemnizables “los gastos razonables”. En este sentido, la parte perjudicada no puede aprovecharse de la situación para obtener mejoras o gastos exagerados sobre el bien dañado.

De manera que, cuando la parte afectada pruebe el daño emergente, solo serán resarcidos los gastos sufridos a consecuencia del daño. 

Daño emergente directo e indirecto

En relación al daño emergente directo, se refiere a todos los daños que sufre una víctima por el hecho dañoso. Es decir, aquellos daños que afectan su persona y sus bienes.

Por su parte, el daño emergente indirecto son los que sufre un individuo como consecuencia de los daños directos que otra persona experimenta. Es importante mencionar, que estos daños indirectos pueden ser personales o materiales.

Daño emergente Tribunal Supremo

Daño emergente Tribunal SupremoEn sentencia del Tribunal Supremo del día 28 de noviembre de 1983, se estableció la definición de daño emergente como toda “pérdida sufrida, efectiva y conocida”. Es decir, consiste en aquellos gastos que se justifican a través de documentos, facturas o cualquier otro que resulte básico.

De igual forma, en Sentencia del Tribunal Supremo del 30 de octubre de 1998, se estableció que son indemnizables los gastos que sean “razonables y no excesivos”. Es decir, aun cuando los gastos no podamos probarlos, y el monto sea ajustado, puede indemnizarse. Es por todo ello, que ni la víctima ni un tercero debe elevar la cantidad a indemnizar generando gastos o mejoras exageradas.

Daño emergente y lucro cesante por incumplimiento de contrato

Cuando un individuo incumple las obligaciones derivadas del contrato, queda sujeto a indemnizar por daños y perjuicios a la otra parte. Esto encuentra su fundamento en el artículo 1101 del Código Civil, donde se establece el dolo, negligencia o morosidad, como causa del incumplimiento de las obligaciones.

No obstante, en el daño emergente no cualquier incumplimiento va a generar la obligación de resarcimiento, sino los que ocasionen daños y perjuicios determinados. Es por ello, que para exigir una indemnización por daño emergente en el incumplimiento de contrato deben cumplirse ciertos requisitos y son:

  • Demostrar el incumplimiento por la parte de quien se siente perjudicada.
  • Demostrar la existencia efectiva y real de dichos daños.
  • Nexo causal entre los daños ocasionados y el incumplimiento del contrato.
  • Se debe tener presente si existe una cláusula penal en el contrato, lo que puede ocasionar más penalizaciones.

Por su parte, el lucro cesante en el incumplimiento de contrato es difícil de comprobar. Puesto que su objetivo es el de reparar el daño como si no hubiese existido tal incumplimiento. Para ello, la parte afectada debe comprobar ciertos requisitos como son:

  • Prueba del perjuicio, sólo puede indemnizar los beneficios determinados y concretos que la parte debió percibir y no lo hizo.
  • Acción u omisión, debe haber una acción culposa o negligente imputable a la persona a la que se le exige tal indemnización.
  • El nexo causal, debe comprobarse la relación que existe entre la acción u omisión culposa y el daño que es reclamado.

¿Cómo se calcula el daño emergente?

Cómo se calcula el daño emergenteEl valor probatorio se hace indispensable en estos casos para obtener el resultado esperado por la parte acusadora. Para cuantificar el montante del daño emergente y que la indemnización se ajuste al nivel de las pérdidas, se deben presentar todas las pruebas y evidencias correspondientes que dejen por sentado no solo el valor de lo estropeado, sino también su costo de reparación, si corresponde.

Algunos casos presentados ante un Juez son desestimados por no presentarse la evidencia necesaria tanto a nivel contractual, como del hecho en sí. Los documentos deben dejar clara la vinculación entre lo sucedido y el agravio, como también del cálculo del daño, sin tachaduras ni dudosas enmiendas.

Es en esta situación que se espera contar con valores como la honestidad y la transparencia por parte del agraviado, puesto que solo serán resarcidos los montantes que puedan ser calificados como razonables, actualizados y en consonancia con la realidad.

Bajo ninguna circunstancia el agraviado, valiéndose de su figura, deberá pretender una compensación desajustada, irrisoria o exagerada, como compensación por el hecho dañoso.

En el caso de daños del tipo personal, las lesiones deben de igual forma presentarse de forma contundente, con evidencia que demuestre una relación entre lo acontecido y las consecuencias físicas, como golpes, lesiones, fracturas, entre otros.

El demandante debe contar con toda la documentación pertinente para evitar la casación. No basar el hecho en suposiciones; no exagerar en los montantes sujetos al posterior pago y presentar la situación de forma coherente, con el respaldo necesario para dejar clara la intención del demandado a la hora de incurrir en el agravio y el precio de su actuación. 

Perjuicio patrimonial daño emergente

Perjuicio patrimonialEn principio debe entenderse el prejuicio patrimonial como todos los gastos que el sujeto lesionado en un accidente de tráfico puede sufrir. En este sentido, el daño emergente en el cálculo del perjuicio serán los gastos sufridos por la víctima y que debió hacer frente por consecuencia de las secuelas del siniestro.

Se pueden distinguir dos grupos: los gastos de asistencia futura, prótesis y ortesis, y la rehabilitación domiciliaria. Por otra parte, se encuentran los gastos por la pérdida de la autonomía personal.

Todos estos gastos hacen referencia a los lesionados de gravedad que requerirán atención médica o tratamientos a futuro. Con el cálculo del perjuicio patrimonial buscamos lograr la indemnización de la víctima y resarcirle por todos los daños ocasionados.

Ejemplos de daño emergente

Un ejemplo común de daño emergente es cuando una persona por un ataque de ira destruye el vehículo de un taxista. En este escenario el daño emergente será el valor que posee el vehículo. La persona que destruyó el taxi deberá indemnizar al afectado por el valor del vehículo, o el de la reparación, si es posible reparar el daño.

Es importante mencionar que esta indemnización comprenderá la suma requerida para dejar el bien afectado como se encontraba antes de ocurrir el hecho. Por ninguna situación, se incluirá una compensación adicional por los perjuicios que se producen por dejar de utilizar el automóvil, o las ganancias que se dejan de obtener. 

Otro ejemplo, es en el escenario que se encuentra una persona que sufre un accidente de tráfico y que debe permanecer internado en una clínica. Frente a esta situación, la persona padecerá un daño emergente por los costes que asume durante su internación, debiendo probarse con facturas. No obstante, la otra parte deberá indemnizar los gastos ocasionados producto del accidente.

Daño emergente accidente de tráfico

Accidente de tráficoLa indemnización de daño emergente por accidentes de tráfico se basa en la compensación del daño corporal sufrido por la víctima. En este sentido, se crearon dos categorías, por perjuicio personal básico y los perjuicios particulares donde se incluyen los daños personales.

Ahora bien, el daño emergente establece las siguientes indemnizaciones:

  • Por muerte, el daño emergente se compone del perjuicio patrimonial básico, sin requerir justificación, por cada persona perjudicada, más los gastos particulares, y otros que requieran justificación.
  • Por accidente con secuelas, el daño emergente se compone de los gastos previsibles de asistencia futura, y la rehabilitación ambulatoria o domiciliaria.

Reclamación daño emergente

En principio la persona interesada en reclamar la indemnización por daño emergente debe seguir el proceso de los daños y perjuicios. De igual modo, debe tener presente tres elementos que le permitirán tener éxito en el desarrollo del proceso.

Primero, debe tener la asesoría de un buen abogado especialista en el área económica quien se encargará de representarlo. Segundo, un perito judicial económico, quien será el pilar del juicio, puesto que realizara la investigación y dará su informe pericial. Tercero, el informe económico que es el documento fundamental en los procesos de reclamación, y evidencia la acusación del daño y el perjuicio sufrido.

Es importante que en el informe se reflejen los daños, acreditados debidamente con facturas de la clínica, taller mecánico, o servicio que fue requerido por el siniestro.

Finalmente, es importante destacar que el tener la asesoría de un experto es fundamental para lograr una reclamación exitosa. Es por ello, que en Consultoría y Peritaciones (C&P) dejamos a su disposición nuestro equipo de expertos quienes podrán asistirlo en su caso. 

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