En una separación se puede dejar de vivir juntos pero no se disuelve el vinculo matrimonial. En caso de reconciliación tras un sencillo tramite en el juzgado pueden volver a estar casados. Se obtiene mediante sentencia judicial.
En un divorcio se disuelve el vinculo matrimonial por tanto cada una de las partes podrá contraer matrimonio entre si o con otras personas.
Si quieres separarte, divorciarte, o necesitas regular legalmente tu situación tras la separación como pareja de hecho.
Para la separación y divorcio debemos de llevar mas de 3 meses casados, es el único requisito. Es suficiente la voluntad uno de los dos cónyuges para que se pueda decretar el divorcio.
Los ex cónyuges siempre que lo solicite al menos uno de ellos pueden solicitar al juzgado la modificación de las medidas definitivas de la separación o el divorcio cuando hayan variado considerablemente las circunstancias tomadas en cuenta en el momento de aprobarlas.
Una vez dictada la sentencia de separación o divorcio causa la disolución del régimen económico matrimonial. Posteriormente se procederá a su liquidación y la repartición del patrimonio común a cada cónyuge.
La ley preve la posibilidad de solicitar medidas provisionales en la misma demanda de divorcio o separación contenciososa para la regulación de los cónyuges e hijos (custodia, alimentos, vivienda, etc) durante el procedimiento de separación o divorcio.
La tardanza de estos procedimientos hace que la Ley prevea adoptar provisionalmente una serie de medidas IMPORTANTES respecto de pensiones, custodia, régimen de visistas de los hijos, etcétera. Finalmente cuando termine el procedimiento de divorcio, las medidas provisionales se sustituirán por las que acuerde el Juzgado definitivamente en la sentencia de divorcio.